Cambios en el sistema de clasificación de bovinos para faena

a Secretaría de Gobierno de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación informa que se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2018-32-APN-SGA#MPYT que modifica el Sistema de Clasificación de Bovinos para Faena, moderniza elSistema de Tipificación de Res actualmente vigente y sienta las bases para un nuevoSistema de Tipificación de Carnes Bovinas.

“Las modificaciones experimentadas desde hace algunos años por la cadena de carne bovina, los cambios en los mercados internacionales y de los hábitos de consumo, proponen nuevos escenarios comerciales que exigen la reevaluación y redefinición de los parámetros con los que se valora y caracteriza en la Argentina la hacienda con destino a faena y sus productos”, explicó el Secretario de Gobierno de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere. Asimismo, el Subsecretario de Ganadería, Rodrigo Troncoso, aclaró que la clasificación “se basa exclusivamente en el sexo y la edad del animal a fin de determinar las distintas categorías, independientemente del peso del mismo o de la res, considerándose éste exclusivamente a los fines estadísticos y comerciales”.

CAMBIOS. Se establece la dentición como parámetro objetivo y unívoco de clasificación, según análisis científicos que concluyen que la evolución de la dentadura se relaciona con la edad de acuerdo a los momentos de la erupción y desarrollo de los dientes.  Otro aspecto es la consideración de las contusiones en la tipificación de la res, la que se vincula con el bienestar de los animales en su manejo y transporte, además de afectar su valoración económica.

Además, se simplifica la nomenclatura de tipificación de la res con el objeto de facilitar el flujo de información que genera el frigorífico hacia el resto de la cadena productiva, asignando la valorización al producto independiente de la clasificación del animal de origen.

Se establecen la definición de las diferentes categorías de animales de la especie bovina para faena de acuerdo a la clasificación que obra en el Anexo I; como también de subcategorías previstas en el Anexo II, exclusivamente para fines comerciales y estadísticos.

Se instruye trabajar, además, en un nuevo Sistema de Tipificación de Carnes Bovinas, a fin de generar condiciones que busquen la calidad como motor de diferenciación de la producción nacional de carnes, el que deberá ponderar, como mínimo, los siguientes parámetros: color de grasa, color de carne, área de Ojo de Bife, grado de marmoleo o engrasamiento intramuscular de la sección del músculo longissimus dorsi, y pH.

Fuente: Secretaria de Gobierno de Agroindustria.

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Loading...